Cualquier persona con cáncer o sospecha oncológica acreditada puede solicitar ser paciente del IVO. Sin embargo, el procedimiento varía según las circunstancias personales.
El IVO colabora con la sanidad pública a través de un acuerdo de acción concertada. En virtud del mismo, las personas que acrediten una sospecha oncológica y formen parte de la población protegida de los departamentos de salud de la Comunidad Valenciana con cobertura sanitaria pública, no tienen que asumir ningún coste por sus tratamientos.
Existen dos vías para solicitar la asistencia como paciente en el IVO:
Directamente en el IVO
Tan solo tiene que contactar con el centro acudiendo personalmente, llamando por teléfono al 96 111 4000 o mediante el envío de una solicitud telemática.
Solicitándolo a su médico
A través de la derivación de cualquier facultativo de los departamentos de salud de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública implicado en el proceso oncológico (especialistas o de atención primaria).
Cómo es el proceso
1.
Solicitud
Se inicia el trámite. Nuestro personal del servicio de Admisión se encarga de tramitar la solicitud.
2.
Admisión
Una unidad de especialistas de la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública revisa la documentación aportada
3.
Plazo
Conselleria dispone de un plazo máximo de 3 días hábiles para emitir su respuesta. En caso de no recibir respuesta, la solicitud será autorizada por silencio administrativo.
4.
Primera visita
Cuando se aprueba la solicitud, el personal del IVO contacta con el paciente para concertar la primera visita médica
Documentación necesaria
Para iniciar el proceso de admisión y ser paciente del IVO, tan solo es necesario aportar documentación identificativa (DNI) y acreditar que cuenta con cobertura sanitaria pública (SIP). Además, se deberá presentar un informe oncológico emitido por un facultativo que confirme la sospecha de padecer cáncer.
DNI o pasaporte
Un documento identificativo como el Documento Nacional de Identidad (DNI) o el Pasaporte
SIP
Tarjeta SIP que acredita el nivel de prestaciones sanitarias públicas que cada ciudadano tiene legalmente reconocido
Informe oncológico
Un documento emitido por un facultativo y que confirme la sospecha oncológica
Iniciar el trámite por internet
Para ser paciente del IVO es necesario acreditar una sospecha oncológica a través de un informe médico emitido por un facultativo. Si dispone de la documentación necesaria, puede iniciar el trámite ahora. Si necesita más información puede llamar al 96 111 4000
Preguntas frecuentes
El Instituto Valenciano de Oncología es un centro concertado que colabora con la sanidad pública a través de un acuerdo de acción concertada. Cualquier persona que precise atención médica oncológica puede ser tratada en el IVO. Sin embargo, y en virtud de dicho acuerdo de acción concertada, el procedimiento para ser paciente en nuestro hospital varía según las circunstancias de cada paciente.
Si la persona es residente en la Comunidad Valenciana, está en posesión de la tarjeta sanitaria SIP que acredita el nivel de prestaciones públicas y tiene documentación médica que confirme la sospecha oncológica, podrá solicitar ser tratada en el IVO y no tendrá que asumir ningún coste por sus tratamientos. Según el acuerdo de acción concertada que el IVO mantiene con la Conselleria de Sanitat Universal i Salut Pública de la Comunidad Valenciana, deben ser personas con problemas oncológicos que residan y formen parte de la población protegida de los departamentos de salud de la Comunidad Valenciana con cobertura sanitaria pública de conformidad con lo establecido en la ley 3/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud y normas de desarrollo, y el Decreto 3/2015 de 24 de julio, del Consell, por el que se regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunidad Valenciana.
Cualquier otra persona que no esté recogida en el punto anterior, también podrá solicitar ser tratado en el IVO, pero el procedimiento es distinto. Puede acudir al departamento de Admisión del IVO, llamar al 96 111 4000 o contactar telemáticamente.
En cuanto a la atención a las personas desplazadas, se actuará de conformidad con lo establecido en la normativa estatal vigente, en los reglamentos comunitarios de coordinación de Sistemas de Seguridad Social y en los convenios bilaterales suscritos por el Estado Español en materia de asistencia sanitara.
Las personas que formen parte de la población protegida de los departamentos de salud de la Comunidad Valenciana con cobertura sanitaria pública, disponen de dos vías para solicitar la asistencia en el IVO:
– Directamente en el IVO, presentando una solicitud en el servicio UDCA (Admisión Nuevos Pacientes) situado en la planta baja del Edificio D del complejo hospitalario del IVO en Valencia. También es posible enviar la solicitud por internet a través de este formulario o llamar al llamar al 96 111 4000.
– A través de la derivación de su médico. Puede ser derivado a través de cualquier facultativo implicado en el proceso oncológico, o especialista en medicina familiar y comunitaria
Las personas que no formen parte de la población protegida de los departamentos de salud de la Comunidad Valenciana con cobertura sanitaria pública también pueden solicitar ser pacientes del IVO, pero el procedimiento es distinto. Para ello, puede acudir al departamento de Admisión del IVO, llamar al 96 111 4000 o contactar telemáticamente.
Sí, previa autorización por parte de su seguro médico.
En el momento en que se autorice su derivación. Para cualquier duda o consulta puede ponerse en contacto en el teléfono 96 111 4000
La solicitud de remisión deberá ser contestada en un plazo máximo de 2 días hábiles. En caso de no recibir respuesta, su solicitud será autorizada por silencio administrativo.
Le llamaremos para informarle y darle la cita en cuanto se tramite la autorización. El plazo de Conselleria es de 3 días hábiles desde que pasa por el registro. En caso de no recibir respuesta, su solicitud será autorizada por silencio administrativo.
El departamento sanitario al que usted pertenece deberá hacer una valoración para tomar una decisión sobre su caso; si le han citado, le recomendamos que acuda a esa cita.
Las personas que sean o hayan sido pacientes del IVO, pueden solicitar la documentación clínica que necesiten. Las solicitudes pueden realizarse de manera presencial o por internet a través del Portal del Paciente IVO. Consulta más información sobre cómo solicitar documentación al IVO.
Las personas no residentes en la Comunidad Valenciana (España) que no estén cubiertas por el servicio de salud pública español, podrán solicitar ser tratados en IVO a través de su compañía o seguro médico privado y de forma privada. Por favor, contacte con su aseguradora para conocer su cobertura médica. Si necesita otra información, nuestro teléfono de atención es el 96 111 4000.
Tratamiento integral del cáncer
El IVO acompaña al paciente con cáncer en todas las fases de su enfermedad. Desde el diagnóstico precoz, in vivo e in vitro, hasta los tratamientos y, en algunos casos, los cuidados paliativos. Una concepción integral del proceso oncológico que garantiza un trato mucho más humanizado y un índice de eficacia mayor.
Servicios médicos
La especialización en oncología del IVO permite una estructura del servicio organizada por áreas asistenciales según tipo de tumor
Comités de tumores
Los comités son la máxima expresión de la medicina multidisciplinar. Están formados por facultativos expertos de las principales especialidades de oncología